CREA FEINA PLUS BARCELONA

CREA FEINA PLUS BARCELONA – AYUDAS A EMPRESAS QUE PROMUEVAN LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO EN BARCELONA

El 11 de mayo se abre el trámite de inscripción a las Ayudas del Programa “CREA FEINA +BARCELONA 2021” del Ayuntamiento de Barcelona.

Características

Este Programa consiste en una ayuda económica de 5.000 o 6.000 euros para aquellas empresas que contraten a personas en situación de desempleo empadronadas en Barcelona.

Pueden ser beneficiarias aquellas empresas que cuenten como mínimo, con un centro de Trabajo en alguno de los Municipios del Área Metropolitana de Barcelona, y que hayan desarrollado su actividad desde los 6 meses anteriores a la primera contratación subvencionable.

Para poder optar a la Subvención se formalizará un contrato de mínimo 6 meses y a jornada completa a partir del 1 de enero de 2021, y éste debe suponer un incremento en el número de personas ocupadas en comparación a la media de los 12 meses previos.

La cuantía máxima de la subvención será de 5.000 o 6.000 euros según el colectivo de la persona contratada:

-Joven hasta 29 años, mayores de 45 y mujeres: 6.000 por contratación.

-Hombres de 30 a 44 años: 5.000 por contratación.

El máximo de contrataciones a subvencionar por empresa será de 10 personas.

Para tener derecho a la subvención deberá acreditar la continuidad de la relación laboral durante un mínimo de 6 meses, y en caso de que la relación laboral acabe antes, se podrá substituir la persona trabajadora, en el máximo de un mes, por otra que cumpla los requisitos establecidos.

 Requisitos adicionales

Además, para acceder a la subvención las empresas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

– No podrán acogerse a la subvención aquellas empresas afectadas por expedientes de regulación de empleo.

– No tener ninguna sanción administrativa por haber ejercido o tolerado prácticas discriminatorias por razón de sexo o género.

– Retribuir según la normativa laboral.

– Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Barcelona, Aeat y la Seguridad Social.

– Justificar cualquier subvención otorgada por el Ayuntamiento de Barcelona.

– Disponer de un Plan de Igualdad entre mujeres y Hombres en el caso de empresas de 50 o más trabajadores.

– No tendrán acceso a la subvención las personas que hayan tenido una relación laboral indefinida durante los doce meses previos a la contratación, ni aquellas que hayan amortizado puestos de Trabajo de perfil igual durante los 3 meses anteriores mediante despidos improcedentes, regulaciones de ocupación o despidos objetivos.

– Cumplir con la normativa comunitaria relativa de las ayudas a mínimos según la cual la entidad beneficiaria no podrá recibir más de 200.000 durante un periodo de 3 años.

– La contratación de una misma persona no podrá ser objeto de varias subvenciones.

Documentación solicitada

Para realizar el trámite de la solicitud será necesario contar con la documentación detallada a continuación:

– Instancia de solicitud de subvención.

Escritura de constitución o documento de inscripción de la entidad al Registro Público correspondiente, o Estatutos o alta censal en el caso de empresarios o profesionales individuales.

Escritura de poderes de la persona representante de la entidad en el caso de personas jurídicas, y DNI de la persona firmante de la solicitud como representante.

– DNI de las personas trabajadoras contratadas.

Acreditación de la situación de desempleo de la persona contratada, preferentemente mediante un informe de vida laboral, o bien con el documento de inscripción en el SOC como demandante no ocupado.

Contrato de Trabajo registrado.

Alta en la Seguridad Social o IDC (Informe de datos para la cotización) del trabajador/a.

Resolución de solicitudes

La resolución correspondiente a cada solicitud se emitirá en un máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud, a través de la publicación en el Butlletí Oficial de la Provincia de Barcelona, y el importe se hará efectivo, una vez aprobado su otorgamiento, en un único pago mediante transferencia a la cuenta indicada en la Solicitud.

El Ayuntamiento de Barcelona concederá las subvenciones a todas aquellas empresas que cumplan con los requisitos hasta que se agote la partida presupuestaria prevista, y las solicitudes serán resueltas por orden cronológico de presentación.

Barcelona 3 de mayo de 2021